Durante el sexenio pasado, la Secretaría de la Función Pública emitió un
estándar para todas las páginas de las Secretarías de Estado a través del
Programa Nacional de Rendición de Cuentas, Transparencia y Combate a la
Corrupción 2008-2012, y del Manual Administrativo de Aplicación General en
Materia de Transparencia y Archivo, uno de los nueve manuales que resultaron
después de la Tala Regulatoria que auspició el Gobierno Federal del entonces
presidente Felipe Calderón Hinojosa.
El objetivo era que todas las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal crearan, dentro de la sección
"transparencia" aquella nueva llamada "información socialmente
útil o focalizada". En principio, dicha sección estaría integrada por
indicadores de programas presupuestarios que realizara la Secretaría en
cuestión; por recomendaciones de Órganos Públicos y finalmente por estudios y
opiniones que se hubiesen emitido por alguna circunstancia.
Los responsables de realizar esa homologación eran, justamente, las
Unidades de Enlace en coordinación con las unidades administrativas
depositarias de la información, siempre con la batuta de los Órganos Internos
de Control de cada institución.
Con este paso, es necesario recordar que, con la reforma constitucional
al artículo 6° constitucional del año 2002, se determinó que las Unidades de
Enlace no significarían un costo en recursos materiales ni humanos para las
dependencias y/o entidades, ya que se formarían con la estructura que hasta ese
momento se tuviera, lo cual significó que no se buscaría contar con expertos en
materia de transparencia, tema que abordaré seguramente en otra ocasión.
Ante los centenares de comentarios que recayeron a la instrucción de la
Función Pública, ésta trató de ser más específica al tratar de definir a la
"Información Socialmente Útil o Focalizada" con aquellos temas que
cumplieran con los siguientes rubros:
1) Mejorar el acceso a trámites, bienes y/o servicios, con la mayor
conveniencia y oportunidad, evitando posibles contratiempos para los usuarios.
2) Propiciar el conocimiento de la sociedad respecto a temas tales como:
comunicaciones y transportes, salud, educación, empleo, seguridad, vivienda,
desarrollo y seguridad social, turismo, medio ambiente y/o energía, con el fin
de que el ciudadano pueda tomar decisiones informadas sobre asuntos y/o
problemas públicos específicos y con ello, disminuir riesgos en su persona y
familia.
3) Contener elementos clave para promover la competitividad económica e
inversión, eliminando las asimetrías de información y,
4) Contribuir a eliminar la opacidad en el uso, destino y ejercicio de
los recursos públicos, así como a combatir la corrupción.
De igual forma, la secretaría detalló que esta información debiera estar
en formatos o aplicaciones digitales que permitan al ciudadano acceder a la
información de manera fácil y oportuna, como mapas, comparativos, tablas, etc.,
privilegiando el uso del lenguaje claro.
Incluso, y finalmente, destacó que debería de existir un apartado de
datos abiertos en el que se pudiera publicar información en formato de bases
abiertos sin dar mayores datos.
En ese sentido, y bajo todos esos detalles, se calificó a las entidades
y dependencias del gobierno federal tras cumplir con estas actividades y como
seguramente sospecharán, el resultado fue catastrófico.
Al no existir un parámetro lineal en las secretarías de Estado, fue
complicado homologar las actividades que la sociedad pudiera catalogar como
socialmente útiles y por ende se terminó ubicando en este apartado bases de
datos que en nada propiciaban a los ciudadanos tener un mejor elemento no sólo
de rendición de cuentas frente a sus gobernantes, también para mejorar su
calidad de vida.
Me viene a la memoria una semana de la transparencia organizada por el
IFAI hace un par de años, en dónde los gobiernos de Estados Unidos, Inglaterra
y Alemania se había ayudado de las tecnologías de la información (las llamadas
TIC's) para promover la creación de aplicaciones en los smartphones que tuvieran información sobre los restaurantes
sancionados por no cumplir con las normas mínimas de higiene o de protección
civil, arrojando como resultado una calificación en estrellas que le permitiera
al ciudadano decidir algo tan sencillo como dónde ir a comer.
Otro ejemplo, sobre las gasolineras, la aplicación podría ayudar al
particular a llegar rápidamente a la concesionaria del bien nacional en dónde
el precio por litro estuviese más barato y estuviera más cerca del lugar en
dónde en ese momento se encontraba el ciudadano.
Haciendo un comparativo con el caso mexicano, sólo se habló del programa
que tiene la Secretaría de Comunicaciones y Transportes que los ciudadanos
pueden consultar en el caso de que salgan de viaje por carretera. Dicho
programa hace un recorrido virtual por carreteras federales y arroja un
resultado en kilómetros recorridos que le permite al ciudadano saber cuánto va
a gastarse en peajes y cuánto tiempo, aproximado, hará de recorrido. Sin embargo,
este programa, ya no se encuentra disponible a través de la sección "Transparencia
Focalizada" de la SCT dejando ese ejemplo exitoso, en el
olvido.
¿Qué es la transparencia focalizada o qué debería entenderse por ésta?
La transparencia focalizada o transparencia pro-activa es una respuesta
a la necesidad de obtener beneficios específicos de la transparencia, así como
a la demanda de un mayor orden en la información que ofrece el gobierno.
La
transparencia focalizada requiere que el gobierno estandarice y publique
información específica, que busque resolver un problema social concreto, y
estimular los mecanismos del mercado para lograr un beneficio social
específico.
¿Cómo la aplicamos a la casuística mexicana en la que no estamos
acostumbrados a procesar la información?
Nos encontramos ante otro reto en materia de transparencia que, si
dejáramos de creer que somos dueños de la información, pudiéramos fácilmente
vencer.