19 de julio de 2016

Representación política y publicidad

Por Osvaldo Paul Suárez

Es innegable que desde hace muchos años existe un descrédito generalizado de la clase política en nuestro país, lo que ha provocado que los representantes políticos, los servidores públicos y las Instituciones públicas  atraviesen por una crisis de legitimidad, que se traduce como una falta de representatividad, pues, existe la creencia, de que estos  representantes poco o nada refieren las necesidades de la sociedad. Bajo este contexto, estoy convencido de que la transparencia y publicidad son herramientas que juegan un papel primordial en la construcción de un gobierno representativo y cercano a las necesidades de la sociedad. 

En estas líneas se abordará, desde una perspectiva teórica, la relación entre la figura de la representación política y el concepto de publicidad, con la finalidad de hacer notar que para revertir la desconfianza en la clase política de nuestro país, es necesario abandonar la opacidad en que se ejerce el poder político. 

Como bien sabemos, la democracia moderna se ha configurado como una democracia representativa, en donde la mayoría de las decisiones colectivas se adoptan por medio de representantes, que a su vez son electos por los ciudadanos. La figura de la representación política implica que las decisiones colectivas y vinculantes no se adopten directamente por los ciudadanos, como sucedería en la llamada “democracia directa” en la cual en un Estado, como el de nuestros tiempos, resultaría casi imposible llevar acabo, ya que reunir a todos los millones de ciudadanos para deliberar y tomar las decisiones colectivas conllevaría una tarea de grandes dimensiones, hasta ahora casi imposible de realizar.

Sobre la democracia representativa Pedro Salazar establece que: “existe una democracia representativa cuando, quienes participan en las deliberaciones que conducen a la adopción de las decisiones colectivas, son personas que han sido elegidas con esa finalidad”.  Por su parte Michelangelo Bovero  señala que: “en la democracia representativa todos los individuos miembros de una colectividad pueden participar, en cuanto ciudadanos, en el proceso decisional, teniendo en el derecho al voto el poder para orientar su curso.” 

En este orden de ideas se puede determinar que los representantes son  elegidos por ciudadanos, por medio de elecciones y a través del ejercicio del derecho al voto; en donde los representantes actúan en defensa de intereses generales y no particulares, tienen cierta libertad de decisión pero al no actuar en representación de un grupo particular o  de un interés en específico no ejercen un mandato imperativo, que los haría responsables frente a sus representados y revocable cuando no cumpla sus funciones que le encomendaron.  

Al respecto Norberto Bobbio señala que en una democracia representativa se entiende por “representante” a una persona que tiene las siguientes características: “a) en cuanto goza de la confianza del cuerpo electoral, una vez elegido ya no es responsable frente a sus electores y en consecuencia no es revocable; b)  no es responsable directamente frente a su electores, precisamente porque él está llamado a tutelar los intereses generales de la sociedad civil y no los intereses particulares de esa o aquella profesión”. Bobbio, además establece que la prohibición del mandato imperativo es constantemente violada, ¿que representa la disciplina de partido si no una abierta violación de la prohibición del mandato imperativo? cuando la única sanción que teme un diputado (el representante, en este caso) cuya reelección depende del apoyo del partido es la que deriva de la trasgresión de la regla opuesta que le impone considerarse obligado por el mandato que recibió del propio partido.

Por otra parte, el artículo 3º de la Carta Democrática Interamericana, aprobada por el Congreso Permanente de la Organización de Estados Americanos (OEA) el 6 de septiembre del año 2001, establece como elementos esenciales de la democracia representativa: 
  • El respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales; 
  • El acceso al poder y su ejercicio con sujeción al estado de derecho; 
  • La celebración de elecciones periódicas, libres, justas y basadas en el sufragio universal y secreto como expresión de la soberanía del pueblo; 
  • El régimen plural de partidos y organizaciones políticas; y 
  • La separación e independencia de los poderes públicos.
Por otra parte debemos tener en cuenta que los representados, o sea, la sociedad, no es un cuerpo colectivo, una masa, sino un conjunto de individuos, por lo que existe una pluralidad de intereses y opiniones, cada individuo tiene ideas, creencias y valores particulares, que a su vez pueden compartir con otros ciudadanos. La democracia cuenta con instituciones diseñadas para canalizar esta pluralidad, que hoy en día son indispensables para concebir a la democracia representativa. 

Una democracia representativa supone que, un conjunto de ciudadanos, dotados de derechos políticos, eligen a sus representantes para que éstos decidan en nombre y por cuenta de aquellos, pero además, esta representación tiene que reflejar las diferentes ideologías o posturas políticas lo más fielmente posible.  Una característica de la representación política es precisamente su carácter público, como lo señala Carl Schmitt: “la representación no puede tener lugar más que en la esfera de lo público. No hay representación ninguna que se desenvuelva en secreto y entre dos personas…un Parlamento tiene carácter representativo sólo en tanto que existe la creencia de que su actividad propia está en publicidad”.
En conclusión, la democracia representativa, como lo es la moderna, se sustenta en la idea de publicidad, entendida ésta como una característica propia de los sistemas democráticos, basada en la transparencia del poder público, y opuesta a la opacidad y el secreto que son cualidades del poder autocrático, despótico y arbitrario.




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