Como seguramente les ha pasado, cuando en México hablamos de
transparencia, irremediablemente pensamos en el IFAI. Esta institución creada
como un organismo garante de la transparencia, todavía por el momento, tiene
una naturaleza jurídica, un poco extraña: Es un organismo descentralizado, no
sectorizado. Es decir, no forma parte de un plano jerárquico por no estar en
línea directa en la Administración Pública, pero tampoco tiene una cabeza de
sector que lo dirija. Es decir, tiene papá, pero es un niño huérfano.
Esta pequeña disyuntiva ha
traído consecuencias en el actuar del instituto, garante de la transparencia en
México por excelencia. Lo digo así porque no es el Instituto quien vigila el
cumplimiento en el Poder Judicial o en el Poder Legislativo, sólo es el
parámetro en el Poder Ejecutivo. Las consecuencias van desde el ejercicio de
juicios de nulidad en el Tribunal de Justicia Fiscal y Administrativa hasta la
falta de cumplimiento en sus resoluciones por las autoridades.
Fue precisamente por ello que
se comenzó a trabajar en una minuta que reformara la Constitución, a efecto de
que el IFAI fuese una institución autónoma, como lo es ya la Comisión Nacional
de Derechos Humanos, por ejemplo.
Con ello, se buscaría
realmente lo que se piensa cuando hablamos de IFAI: Ser el timón de las
Instituciones garantes del Derecho de Acceso a la Información en los Estados,
que sus resoluciones sean definitivas e inatacables para aquellos que se les
imponen (es decir, para las autoridades) así como la personalidad de promover
acciones de inconstitucionalidad contra aquellas normas que contravengan el
Derecho de Acceso a la Información con todo y su imperativo de máxima
publicidad.
Sin embargo, las discusiones entre los legisladores no paró ahí y
el día de hoy, en las comisiones unidas de de transparencia, de
puntos constitucionales y la de régimen, reglamentos y prácticas parlamentarias
en la Cámara de Diputados se discutirán, además de la naturaleza jurídica del
Instituto, lo siguiente:
1) Continuidad de los hoy Comisionados.
Con el argumento de que se busca que las
resoluciones del IFAI sean inapelables, se busca la profesionalización de
éstas, solicitando a los comisionados los mismos requisitos que a los ministros
de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Sin embargo, hasta ahora, se prevee que los
actuales comisionados puedan quedarse después del cambio constitucional,
siempre y cuando, pasen una evaluación por el Senado de la República.
2) Ampliación de los Sujetos Obligados.
Como ya se destacó, el IFAI actualmente sólo
vigila ampliamente a la Administración Pública Federal pero ahora, se busca que
los otros dos poderes de la Nación se conviertan en sujetos obligados de la
Ley. Ello sin mencionar a la posibilidad de ampliar esta característica a los sindicatos
e incluso, a los partidos políticos, quienes se mantenían como sujetos
obligados indirectos de la ley.
La razón, al parecer de esta autora, es muy
sencilla: ¿Cómo podemos decir hoy por hoy, a las autoridades que se mantiene un
ojo vigilante sobre ellas, en pleno ejercicio democrático? Precisamente
ejerciendo el derecho de acceso a la información.
Habrá que esperar entonces que México de
aprobar esta reforma, pueda seguir siendo, como hasta ahora ha sido, un
referente en el marco normativo en materia de transparencia de la información,
en todo Latinoamérica.
Conmino entonces a mantener ese ojo vigilante.
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