19 de agosto de 2013

¿Porqué es importante la reforma en materia de transparencia?

Como seguramente les ha pasado, cuando en México hablamos de transparencia, irremediablemente pensamos en el IFAI. Esta institución creada como un organismo garante de la transparencia, todavía por el momento, tiene una naturaleza jurídica, un poco extraña: Es un organismo descentralizado, no sectorizado. Es decir, no forma parte de un plano jerárquico por no estar en línea directa en la Administración Pública, pero tampoco tiene una cabeza de sector que lo dirija. Es decir, tiene papá, pero es un niño huérfano.

Esta pequeña disyuntiva ha traído consecuencias en el actuar del instituto, garante de la transparencia en México por excelencia. Lo digo así porque no es el Instituto quien vigila el cumplimiento en el Poder Judicial o en el Poder Legislativo, sólo es el parámetro en el Poder Ejecutivo. Las consecuencias van desde el ejercicio de juicios de nulidad en el Tribunal de Justicia Fiscal y Administrativa hasta la falta de cumplimiento en sus resoluciones por las autoridades. 

Fue precisamente por ello que se comenzó a trabajar en una minuta que reformara la Constitución, a efecto de que el IFAI fuese una institución autónoma, como lo es ya la Comisión Nacional de Derechos Humanos, por ejemplo.

Con ello, se buscaría realmente lo que se piensa cuando hablamos de IFAI: Ser el timón de las Instituciones garantes del Derecho de Acceso a la Información en los Estados, que sus resoluciones sean definitivas e inatacables para aquellos que se les imponen (es decir, para las autoridades) así como la personalidad de promover acciones de inconstitucionalidad contra aquellas normas que contravengan el Derecho de Acceso a la Información con todo y su imperativo de máxima publicidad.

Sin embargo, las discusiones entre los legisladores no paró ahí y el día de hoy, en las comisiones unidas de de transparencia, de puntos constitucionales y la de régimen, reglamentos y prácticas parlamentarias en la Cámara de Diputados se discutirán, además de la naturaleza jurídica del Instituto, lo siguiente:

1) Continuidad de los hoy Comisionados.
Con el argumento de que se busca que las resoluciones del IFAI sean inapelables, se busca la profesionalización de éstas, solicitando a los comisionados los mismos requisitos que a los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Sin embargo, hasta ahora, se prevee que los actuales comisionados puedan quedarse después del cambio constitucional, siempre y cuando, pasen una evaluación por el Senado de la República.

2) Ampliación de los Sujetos Obligados.
Como ya se destacó, el IFAI actualmente sólo vigila ampliamente a la Administración Pública Federal pero ahora, se busca que los otros dos poderes de la Nación se conviertan en sujetos obligados de la Ley. Ello sin mencionar a la posibilidad de ampliar esta característica a los sindicatos e incluso, a los partidos políticos, quienes se mantenían como sujetos obligados indirectos de la ley.

La razón, al parecer de esta autora, es muy sencilla: ¿Cómo podemos decir hoy por hoy, a las autoridades que se mantiene un ojo vigilante sobre ellas, en pleno ejercicio democrático? Precisamente ejerciendo el derecho de acceso a la información.

Habrá que esperar entonces que México de aprobar esta reforma, pueda seguir siendo, como hasta ahora ha sido, un referente en el marco normativo en materia de transparencia de la información, en todo Latinoamérica.

Conmino entonces a mantener ese ojo vigilante.



Fuente: www.ifai.org.mx 


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